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Seguros de Crédito y Caución

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Seguro de crédito: garantiza al asegurado el pago de los créditos que tenga a su favor cuando se produzca la insolvencia de sus deudores. Siempre teniendo en cuenta los límites e importes que se pacten en la póliza.

Por ejemplo, una empresa tiene una deuda con otra de una cantidad determinada. Por el seguro de crédito se asegura que, en caso de insolvencia definitiva de la empresa deudora, la otra empresa tenga garantizados el pago de los créditos a su favor.

Seguro de caución: el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones, a indemnizar al asegurado los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites previstos. Todos los pagos que realice la aseguradora deberán serle reembolsados por el tomador del seguro.

Por ejemplo, una empresa de construcción quiere realizar una obra pública. Para optar a ella, la Administración exige unas garantías que cubran los servicios pactados. Si no tiene el capital requerido puede contratar un seguro de caución en el que la aseguradora responda en caso de que la empresa no pueda culminar la obra.