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Seguro de vida

Los seguros de vida contemplan una indemnización a los beneficiarios en determinados casos concretos: fallecimiento e invalidez permanente y absoluta. En el primer caso, serán los sujetos designados como beneficiarios en el contrato quienes reciban el capital asegurado en la póliza, que normalmente suelen ser los hijos, cónyuge o padres. En el supuesto de la invalidez, el beneficiario del seguro de vida será la propia persona que lo haya contratado.

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