Seguros y pensiones para todos

Seguros de Vida-Ahorro

Los seguros de vida son productos de ahorro, cuyo capital garantizado es el resultado de la rentabilidad que se genere con el pago periódico de determinadas cantidades
Los seguros de vida son productos de ahorro, cuyo capital garantizado es el resultado de la rentabilidad que se genere con el pago periódico de determinadas cantidades. El asegurado puede o bien esperar a que venza el plazo fijado en el contrato, cobrando así entonces la prestación, o bien cobrar el valor que se haya generado hasta ese momento ejerciendo así el derecho de rescate.

El rescate es un derecho que la ley concede al tomador, en ciertos seguros de vida, que consiste en la posibilidad de obtener de manera anticipada la totalidad o parte de la indemnización que le corresponde cobrar, proporcionalmente a la tabla de valores prevista en la póliza.

Algunos ejemplos de seguros de vida – ahorro son:

Planes de Previsión Asegurados (PPA)

Los Planes de Previsión Asegurados tienen como finalidad complementar las prestaciones públicas a través del ahorro privado. Su cobertura principal es la jubilación, pero podrán cubrir adicionalmente la invalidez y el fallecimiento.

Presentan ventajas frente a los planes de pensiones individuales, ya que aportan una rentabilidad más estable, y frente a los seguros de vida-ahorro ya que su tratamiento fiscal es mejor. Tiene la consideración de producto asegurador en el que el tomador (quien contrata el seguro) es también el asegurado (la persona expuesta a los riesgos cubiertos) y el beneficiario (quien percibirá la prestación contemplada en el seguro).

Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS)

Los Planes Individuales de Ahorro Sistemático, popularmente conocidos como PIAS, son un producto financiero asegurador. Consiste en acumular un capital que sirva en el futuro como complemento a la pensión pública de jubilación; se basa en una renta vitalicia asegurada cuyo importe dependerá del capital total que se acumule.

Esta renta vitalicia asegurada puede comenzar a percibirse una vez que hayan transcurrido 10 años desde el primer pago. El beneficio fiscal de estos productos reside en que no se pagarán los impuestos asociados a la rentabilidad generada antes del cobro de la prestación.

Una de las principales ventajas es que permiten obtener el ahorro acumulado en cualquier momento. No obstante, si se rescatan antes de que hayan transcurrido diez años desde su contratación, el titular perderá la ventaja fiscal anterior.

Otra de las peculiaridades de este instrumento es que cada contribuyente sólo podrá contratar un plan individual de ahorro sistemático (por el contrario, es posible contratar más de un plan de pensiones por titular). Además, por su naturaleza como seguro de vida, los PIAS ofrecen un capital asegurado en caso de fallecimiento de su titular.