Registro de Seguros de Vida
Sobre lo anterior puede existir cierta confusión porque hace algunos años el seguro de vida sí se consideraba como parte de las herencias. Esta consideración cambió con la creación del Registro de Seguros de Vida: desde 2005 estos seguros se han quedado fuera de la masa hereditaria. Y es que, aunque tanto la herencia como el seguro de vida procedan de una misma persona, los herederos no tienen por qué ser los beneficiarios del seguro de vida. La manera de transmisión de cada uno es completamente diferente: la herencia se recibe por vía de sucesión, mientras que el cobro del seguro de vida de produce por vía contractual.
Herederos y beneficiarios
Teniendo esto en cuenta se podría dar la circunstancia de que una persona pudiera cobrar un seguro de vida sin aceptar la herencia. De igual manera, la aceptación de la herencia no tiene por qué significar el cobro del seguro de vida. El beneficiario del seguro puede ser cualquier persona, tenga o no relación de parentesco. En el caso de que el tomador escogiese beneficiarios de su seguro de vida diferentes a sus herederos, estos no tendrán derecho a reclamar la indemnización de la póliza.
Una excepción
Otra circunstancia que se puede dar, aunque no es demasiado habitual, es que el tomador del seguro no designe un beneficiario a la hora de contratar el producto. En este caso, según lo establecido por la Ley del Contrato del Seguro, serán los herederos legales los que cobren la indemnización. Sólo en ese caso, el seguro de vida pasaría a formar parte de la masa hereditaria.
Los derechos derivados sobre los contratos sobre la vida humana prescriben por Ley en el plazo de cinco años desde la fecha. Ese es el plazo que se tiene para que los beneficiarios reclamen la indemnización a la aseguradora. Pero ¿cómo saber si se es beneficiario de un seguro de vida? Como ya hemos mencionado, el Ministerio de Justicia cuenta con un registro de acceso libre por parte de la ciudadanía; se llama Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento y puede ser consultado por cualquier persona, previa solicitud.