Cambios significativos
Entre los cambios más significativos que introduce la Ley se encuentra la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil independientemente de la edad, tamaño o raza del animal. Con anterioridad a la ley, este seguro solo era obligatorio en algunas Comunidades Autónomas, así como para las llamadas razas “ppp”: perros potencialmente peligrosos; cobertura obligatoria que, por cierto, ahora se elimina ya que se pone el foco en la conducta de cada perro en particular más allá de su raza. La póliza, que debe incluir en su cobertura a las personas responsables del animal, debe ser por un importe suficiente para sufragar los posibles gastos derivados de cualquier incidente protagonizado por el animal. Aunque todavía no se ha especificado el mínimo de esta cobertura, para que te hagas una idea, en las CCAA en las que ya era obligatorio -Madrid y País Vasco- esta cifra no podía ser inferior a 120.000 euros.
Cómo funciona
El seguro de responsabilidad civil para mascotas se encarga de responder por cualquier daño corporal, material o perjuicios que cause el animal a terceros. Algunas de las coberturas de estos seguros son el pago de las indemnizaciones de las que pueda resultar por estos daños; la constitución de las fianzas judiciales necesarias para garantizar el procedimiento; las costas judiciales y el importe total de la responsabilidad del asegurado en el siniestro; la defensa del asegurado en caso de reclamaciones en vía civil, incluso cuando las reclamaciones sean infundadas, y la defensa del asegurado ante acciones penales.
Cabe recordar que el sector asegurador ofrece seguros específicos para mascotas que, además de la responsabilidad civil, cuentan con coberturas más amplias como daños al animal en caso de accidente, robo o extravío; asistencia médica para mascotas o estancia en residencia canina por hospitalización del asegurado. En definitiva, protección y seguridad para estos animales, a los que se considera, prácticamente, como un miembro más de la familia.