El mecanismo es sencillo: si el inquilino incurre en un impago o, incluso, causa daños en la vivienda, la compañía aseguradora cubrirá esas cantidades. Cada aseguradora se encargará de fijar en sus condiciones la cantidad de mensualidades a las que hará frente, así como los límites en las compensaciones económicas por los daños causados.
Existen varios requisitos para poder acceder a este tipo de seguro: las aseguradoras comprueban que el futuro inquilino no esté registrado en ninguna base de datos de morosos; también comprueban que tenga un contrato laboral con una antigüedad superior a un año y que el importe del alquiler anual no supere el 40 o el 45% de sus ingresos netos anuales. En cierto modo, las empresas aseguradoras ayudan a los propietarios a realizar un buen proceso de selección para minimizar riesgos.
El inquilino, por su parte, también sale beneficiado a través de este sistema. Habitualmente, los propietarios pedían a los inquilinos un aval personal o bancario como garantía. Sin embargo, esta fórmula no siempre era fácil de asumir para los inquilinos y además era muy costosa. De esta manera, el seguro de protección está sustituyendo a los avales para convertirse en una garantía adicional a la fianza en metálico recogida en la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Ahora más que nunca, apuesta por la seguridad en el alquiler de tu inmueble. La crisis del coronavirus también se ha dejado sentir en el mercado del alquiler: durante los meses de confinamiento, la morosidad del alquiler pasó del 5% al 15% según ASVAL (Asociación de Propietarios de Viviendas en Alquiler). Así que, si has decidido alquilar, recuerda que el sector asegurador te ofrece toda la tranquilidad y asistencia que puedas necesitar a la hora de hacerlo.