¿Qué ocurre cuando el inquilino de una vivienda deja de pagar el alquiler al propietario? Evidentemente, un serio perjuicio económico; pero también, una situación desagradable que genera tensión, pérdida de tiempo y mucha preocupación. De hecho, este es el principal motivo, junto a los posibles daños materiales, que lleva a los propietarios de una vivienda a pensárselo dos veces o a desistir antes de poner en alquiler un inmueble.
Un seguro contra la inquietud
Como ya sucede en otras muchas situaciones cotidianas que nos generan preocupación, el mundo del seguro ha sabido recoger esta inquietud para generar una respuesta: la fórmula se llama “seguro de protección de alquiler” o “seguro de impago de alquiler”. Se trata de una herramienta muy eficaz que, además, está haciendo evolucionar los mecanismos tradicionales a través de los que los propietarios acostumbraban a protegerse contra los impagos.
Lo habitual era que los propietarios pidieran a los futuros inquilinos avales personales o avales bancarios. Pero este sistema es muy costoso y no siempre fácil de asumir por el inquilino, aún en el caso en que este fuera completamente solvente. Por ello, el seguro de protección de alquiler está sustituyendo a los avales, convirtiéndose en una garantía adicional a la fianza en metálico recogida en la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Impago y desperfectos
De esta manera, si el inquilino incurre en un impago y llega a causar desperfectos en la vivienda, la compañía aseguradora hará frente a esas cantidades de acuerdo a la cantidad de mensualidades impagadas estipuladas en la póliza y a los daños dolosos que se hayan podido causar en la misma.
La selección del inquilino ideal
Para poder ofrecer este servicio, las compañías aseguradoras establecen varios requisitos generales: en primer lugar, han de comprobar -mediante la aportación de documentación- que el futuro inquilino no esté registrado en ninguna base de datos de morosos; también se comprueba que tenga solvencia económica y que el importe del alquiler anual no supere el 40 o el 45% de sus ingresos netos anuales. De esta manera, el propietario también se beneficia, ya que la compañía aseguradora le ayuda a hacer una buena selección de los posibles candidatos a alquilar su inmueble.
Además, este tipo de seguro también suele ofrecer garantías vinculadas a la defensa y protección de los intereses del propietario (conflictos derivados del contrato y desahucios), y cualquier tipo de reparación del hogar de carácter urgente.